Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad (...Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes...)
Entre otros, dentro de las órdenes afectadas se incluye la modificación de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.  Por medio de su punto 8 se introduce una nueva disposición adicional quinta con la siguiente redacción:
«Disposición adicional quinta. Condiciones para el desarrollo de actividades relacionadas con obras de intervención en edificios.
1. Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad. 2. En la realización de las obras a que se refiere el apartado anterior se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad entre personas de dos metros.»
 
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/23/pdfs/BOE-A-2020-5265.pdf